Aprobada LEY 5/2020, de 1 de diciembre, de Instituciones Museísticas de Extremadura

El pasado 3 de diciembre se publicaba en el Diario Oficial de Extremadura nº 234, la Ley 5/2020, de 1 de diciembre, de Instituciones Museísticas de Extremadura.
Este Ley supone un gran impulso a la planificación museística creando un sistema organizado que garantice óptimamente su gestión.

Las Instituciones Museísticas de Extremadura, además de constituir una parte fundamental del patrimonio cultural de la Comunidad Autónoma por los bienes que custodian, son espacios vitales para el desarrollo de la cultura y de la sociedad, actúan como soporte de la memoria colectiva y como referentes de la identidad de la región erigiéndose en instrumen-tos eficaces de comunicación de conocimientos, ideas y emociones en el entorno en el que interactúan.

José Antonio Lianes, Alcalde de Campillo de Llerena y presidente de la Comisión de Cultura, Turismo y Deportes de la FEMPEX, ha participado en la Comisión del mismo nombre de la Asamblea de Extremadura dentro del periodo informativo del Proyecto de Ley de Instituciones Museísticas de Extremadura.

Para la FEMPEX se trataba de una norma “necesaria”y que por lo tanto “se está de acuerdo con su aprobación” porque entre otras cosas mejorará la estructura organizativa de los museos de la región para que ofrezcan un mejor servicio público.

Lianes recordó que la Comisión que preside mantuvo una reunión de trabajo, con la Secretaria general de Cultura de la Junta, Miriam García Cabezas, el pasado mes de marzo, para estudiar y analizar el citado Proyecto de Ley.

Ley Museo FEMPEX

En los últimos años las Instituciones Museísticas han generado un interés creciente por parte del Turismo Cultural practicado por aquellos ciudadanos que buscan el disfrute de un Patri-monio Cultural que les pertenece. De modo que actualmente los museos son una atracción tu rística más, impulsora y dinamizadora de una actividad turística que, a su vez, genera riqueza. Por ello, esta ley en su artículo 2.10 recoge entre sus competencias el fomento, proyección e integración de las Instituciones Museísticas en la vida cultural y social de su ámbito territorial. Sin embargo, en la relación de los museos con el turismo cultural deben primar siempre los motivos culturales y educativos sobre los criterios turísticos y económi-cos.